Resolución del Órgano Sancionador N.° 07-2022-OS-PAD-MPC
14 de enero de 2022
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR CON SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES por TREINTA DÍAS CALENDARIOS, al servidor LUIS MARIO ALAN TORRES BRIONES- Analista Legal de Procuraduría Público Municipal, quien laboró en la entidad desde el 09 de junio de 2015 hasta el 31 de diciembre del 2018, por la presunta inobservancia de los Deberes de la Función Pública, regulado en el Artículo 7° numeral 6, de Ley de Código de Ética de la Función Pública, el mimso que establece:Art. 7° numeral 6° Resonsabilidad.-"Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública, (...)".; el mismo que es considerado falta de caracter disciplinario de acuerdo al artículo 100° del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, que prescribe: Artículo 85° Son faltas de carácter disciplinario:(...) q) Las demás que señale la Ley; ello por no haber recomendado y/o implemento las medidas necesaria para que se realice el pago de la multa impuesta mediante Resolución de Intendencia n° 046-2018-SUNAFIL/IRE-CAJ, por la suma de S/. 26, 267.50(Veinteséis mil doscientos sesenta y siete con 50/100 soles). El mismo que recién con Informe Legal N° 1108-2019-AL-OGGRRHH-mpc de fecha 18 de noviembre del 2019, se recomienda solicitar el presupuesto a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a fin de abonar al Banco de la Nación (notificación-ejecución coactiva) por concepto de multa impuesta por SUNAFIL