Pagar el impuesto predial

Si eres propietario de un inmueble, debes pagar el impuesto predial en la municipalidad de tu distrito o provincia. Solo en el caso del distrito Cercado de Lima, debes pagarlo en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Este pago es obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas que, al 1 de enero de cada año, son propietarias de predios en el distrito o provincia, los habiten o no. Esta obligación es también de quienes habitan o poseen el predio, cuando no se puede determinar la existencia de un propietario.

El cálculo del impuesto predial se hace sobre el valor de todos los predios que tienes en el distrito o provincia y no hay descuentos.

Este impuesto es anual, pero podrás fraccionarlo en 4 fechas de pago: febrero, abril, agosto y noviembre.

Requisitos

  • Tener un usuario y una contraseña, que vienen impresos en la cuponera que la Municipalidad de Barranco hace llegar a tu hogar cada año.
  • Si pagas por internet, tarjeta de crédito o débito.

Antes de iniciar, debes saber:

Al ingresar, el sistema te pedirá actualizar tus datos personales y aceptar los términos y condiciones.

Podrás visualizar tu deuda total hasta la fecha, elige el tipo de deuda a pagar (ordinaria o coactiva) y el año de la deuda que pagarás. Ingresa los datos de tu tarjeta y cancela el monto.

Realiza tus pagos en línea

Modalidad: Online

Modalidad: Presencial

Hazlo en 2 pasos:

Acude a la entidad

Dirígete a la Municipalidad de Barranco, ubicada en la Av. San Martin S/N Parque Municipal, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. y sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.

Paga el impuesto

Acércate a la plataforma de cajas, indica tu número de predio y el número de cuotas que deseas pagar. Puedes hacerlo en efectivo o con tarjeta de crédito o débito. Recibirás una constancia del pago.