Requisitos para Matrimonio Civil
Artículo
18 de setiembre de 2023
Requisitos de Matrimonio para Solteros
- Formato de solicitud (distribución gratuita o de libre reproducción).
- Partida de nacimiento de cada uno de los contrayentes o dispensa judicial (vigencia tres meses luego de su expedición) – RENIEC.
- Constancia Negativa de Inscripción Matrimonio - (Constancia de soltería) vigencia tres meses luego de su expedición) RENIEC.
- Copia Simple de los DNI originales de los contrayentes (vigentes).
- Declaración jurada de los testigos de conocer a los contrayentes. (01 Testigos - No deben ser familiares de los contrayentes).
- Copia simple de los DNI originales de los dos testigos (vigentes).
- Certificado Médico Prenupcial de ambos contrayentes y la constancia de consejería o charlas sobre enfermedades de transmisión sexual expedida en clínicas municipales (vigencia 01 mes luego de su expedición)
- Certificación de domicilio o declaración jurada o en su defecto DNI (donde se indique que viven en el distrito de Barranco) - sólo es necesario que un contrayente viva en Barranco.
- Fichas de datos.
- Informe estadístico de INEI (para ser llenado por el personal de Registro Civil)
- Si tiene setenta (70) años o más deberá adjuntar su certificado de capacidad mental tramitada ante médico psiquiatra, no mayor a un mes de antigüedad.
- Para la presentación de los documentos deberán estar presentes los 2 novios y los 2 testigos.
- Pago por el derecho de trámite de S/. 135.00 por Apertura de Expediente Matrimonial.
- Entrega de Edicto para publicación.
CASOS ESPECÍFICOS:
1. Menores de Edad:
- Autorización notarial de los padres, de no existir éstos últimos, de los ascendientes (abuelos) y a falta de estos la autorización judicial (dispensa judicial), conforme lo indica el artículo 244º del Código Civil Peruano.
2. Divorciados (as)
- Partidas de matrimonios con la inscripción del divorcio o anulación del matrimonio anterior de haber tenido uno o más matrimonios anteriores (vigencia tres meses luego de su expedición) – RENIEC.
- DNI donde figure el estado civil actualizado – divorciado.
- Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores.
- Declaración jurada de no tener hijos bajo su patria potestad.
- Certificado médico negativo de embarazo del contrayente expedido por el Ministerio de Salud si es que no han transcurrido 300 días de producido el divorcio.
Viudos (as)
- Partida de defunción de cónyuge fallecido.
- Exhibición de DNI donde figure el estado civil actualizado.
- Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores.
- Declaración jurada de no tener hijos bajo su patria potestad.
- Certificado médico negativo de embarazo del contrayente expedido por el Ministerio de Salud si es que no ha transcurrido 300 días de producido la viudez.
Extranjeros:
- Carnet de extranjería o Pasaporte.
- Partida de nacimiento y/o certificado de naturalización según corresponda.
- Documento o certificado original que acredite su soltería o estado civil, expedido por país de origen.
- En caso de ser divorciado, presentará partida de matrimonio anterior con la disolución o sentencia del divorcio, con las visaciones respectivas, o apostillado.
- En caso de ser viudo, presentará partida de viudez o documento que acredite su viudez expedido por el país de origen, con las visaciones respectivas, o apostillado.
Los documentos que provienen del extranjero deberán ser legalizados de acuerdo a las siguientes opciones:
- Visados por el Cónsul Peruano del país de origen y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú.
- Contar con la Apostilla de la Haya.
Los documentos presentados deberán tener una antigüedad no mayor a seis (06) meses. Los documentos que no estén en idioma español deberán ser traducidos por un traductor oficial.
Matrimonio por poder:
- Poder por Escritura Pública inscrito en los Registro Públicos. Si el poder fue otorgado en el extranjero debe estar visado por el Cónsul peruano del país donde lo dio el poderdante, debiendo legalizarlo en Relaciones Exteriores y con traducción oficial de ser el caso.
- Exhibición de DNI del apoderado.