Resolución de Alcaldía N.° 048 -2025-MPA/A
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 048 -2025-MPA/A
10 de marzo de 2025
DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Proceso de selección SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N°001-2025-MPA/OEC-1, cuyo objeto de contratación es la “Adquisición de alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria PCA para el año 2025”, por la causal prevista en el Artículo 44.1 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado haber prescindido de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita en la normativa aplicable, (vulneración a las Bases Estándar contenidas en la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, la Directiva N° 006-2019-OSCE/CD y los Principios de Libertad de Concurrencia y de Competencia, toda vez que la “Certificación de vigilancia sanitaria de almacén y venta de abarrotes del postor (...)” y el “Certificado de inspección higiénico sanitario de almacén (...)”, requeridos por la Entidad como parte del Capítulo IV de las Bases, no constituyen documentos de habilitación del postor para desarrollar la actividad económica del rubro del objeto de convocatoria del citado procedimiento de selección) . Debiendo retrotraer el proceso de selección a la etapa de convocatoria. y de esa manera poder permitir realizar las correcciones necesarias de la Subasta Inversa Electrónica N° 001-2025-MPA/OEC-1.