Elecciones de Autoridades de CENTROS POBLADOS 2022

Nota de prensa
Por primera vez a nivel nacional

Oficina de Coordinación de Centros Poblados de la Municipalidad Provincial de Aymaraes

12 de octubre de 2022 - 8:18 a. m.

07 Alcaldes y 35 Regidores de Municipalidades de Centros Poblados, serán elegidos por más de cuatro mil ciudadanos empadronados en los Centros Poblados de Quillcaccasa, Pampamarca, Chuquinga, San Mateo, Taquebamba, Socco y Tiaparo.
 
Con la finalidad de involucrar la participación ciudadana de los centros poblados en el proceso electoral, la Municipalidad Provincial, en coordinación con los Comités Electorales de los Centros Poblados, viene difundiendo las elecciones, realizando la actualización y aprobación del padrón electoral, inscripción de listas de candidatos con sus respectivas denominaciones, ubicación de las cédulas de sufragio y sorteo de miembros de las mesas de sufragio.
 
El alcalde José Alberto Argote Cárdenas, instó a los vecinos a participar de los comicios electorales, eligiendo a las nuevas autoridades de las Municipalidades de Centros  Poblados de  la  provincia de  Aymaraes, y  para trabajar en  equipo las funciones delegadas en temas la seguridad ciudadana, servicios públicos, agua potable, transporte, medio ambiente, comercio, entre otros.
 
El próximo domingo 06 de noviembre, a partir de las 08 de la mañana hasta las 4 de la tarde, se efectuará el proceso electoral cuya transparencia está garantizada por los órganos del JNE y la ONPE, mientras que el 07 de noviembre se publicarán las listas ganadoras y el 7 de diciembre se realizará el acto de  juramentación y entrega de credenciales, para que asuman sus funciones a partir del 01 de enero del 2023.
 
Las Municipalidades de Centros Poblados son órganos del gobierno local, que gozan de  autonomía administrativa y  económica, ejecutan funciones  de  los  servicios públicos locales que les son delegados y por la nueva Ley 31079, pueden suscribir convenios de cooperación con instituciones publicas y/o privadas, para ejecutar obras por la modalidad de encargo vía núcleo ejecutor, está facultado para captar recursos por servicios prestados, recibir transferencia mínima mensual del 50% UIT, y el alcalde percibe una dieta mensual equivalente a la dieta del regidor distrital.