En Ate inicián Campaña ActualízAte, para la regularización y actualización tributaria

Nota de prensa
Aprueban Ordenanza N° 604-MDA, que otorga beneficios a los que presenten la declaración jurada por omisión o subvaluación de manera voluntaria o promovida por la administración municipal
Aprueban Ordenanza N° 604-MDA que otorga beneficios a los que presenten declaración jurada por omisión o subvaluación.

SECRETARÍA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y COMUNICACIONES

18 de setiembre de 2023 - 10:46 a. m.

La Municipalidad de Ate, en sesión de concejo aprobó la Ordenanza N° 604-MDA, con el fin de incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y regular beneficios de carácter temporal, así como la regularización de la declaración jurada de inscripción y/o rectificación de predios y la regularización de la deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.

Los beneficios son la condonación del 100 % de los intereses moratorios y reajustes del Impuesto Predial, condonación del 100 % de intereses moratorios de los Arbitrios Municipales, condonación parcial del monto insoluto de los Arbitrios Municipales, condonación del 100 % de multas tributarias incluido sus intereses moratorios, condonación de costas procesales generadas dentro del procedimiento de cobranza coactiva.

Cabe señalar, que podrán acogerse los vecinos que se encuentren en calidad de omisos y subvaluadores los requisitos son: realizar el pago del Impuesto Predial del todo el año 2023, presentación de la declaración jurada de Impuesto Predial de manera voluntaria o promovida por la administración, realizar el pago de la deuda materia de acogimiento dentro del plazo establecido, permitir la inspección y levantamiento de la información, formular desistimiento de procesos o reclamos interpuestos con relación a las deudas susceptibles de acogimiento a los beneficios tributarios.

El plazo para la aplicación del beneficio es la cancelación y/o fraccionamiento de la deuda determinada por fiscalización, deberá efectuarse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el día siguiente de la presentación de la declaración jurada. Estará en vigencia la presente Ordenanza hasta el 30 de noviembre del 2023, informes llamando al 999 727 578.