Resolución de Consejo Directivo N.° 067-2005-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2005

Interpreta el Contrato de Concesión de Tramo Vial Nº 2 del Programa Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil en el sentido que el efecto suspensivo contenido en la definición «Fecha de Vigencia de las Obligaciones» y su concordancia con el inciso a) de la cláusula 3.3 no es de aplicación para el plazo específico […]

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo

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