Con Ordenanza Municipal SE DECLARA LA INTANGIBILIDAD DE LA FRANJA MARGINAL EN AMBAS MARGENES DEL RIO SICRA
Nota InformativaEn la Jurisdicción del Distrito de Lircay



3 de setiembre de 2021 - 11:57 a. m.
Mediante Ordenanza Municipal N° 013-2021/MPAL-CM de fecha 04 de agosto del 2021, y publicado el último miércoles 01 de septiembre del año en curso, la Municipalidad Provincial de Angaraes ha declarado la intangibilidad de la franja marginal del rio Sicra en los sectores I,II y III considerando un ancho de faja marginal de 10 y 5 metros respectivamente en ambas márgenes.
Esta ordenanza dispone así mismo la colocación de hitos monumentales de concreto armada con las especificaciones técnicas dictaminadas por la administración local del agua en el área delimitada, así mismo prohíbe el desarrollo de actividades económicas, la construcción de viviendas, hoteles, asentamientos humanos en la caja hidráulica y riveras del rio Sicra.
Igualmente, la ordenanza manda proteger la faja marginal solo para uso público con fines recreativos, paisajísticos y turísticos, así como la elaboración de los documentos técnicos de pre inversión (perfil y expediente técnico) que comprenda la defensa rivereña y la limpieza de desmonte acumulado, basura entre otras disposiciones de suma importancia.
Esta ordenanza dispone así mismo la colocación de hitos monumentales de concreto armada con las especificaciones técnicas dictaminadas por la administración local del agua en el área delimitada, así mismo prohíbe el desarrollo de actividades económicas, la construcción de viviendas, hoteles, asentamientos humanos en la caja hidráulica y riveras del rio Sicra.
Igualmente, la ordenanza manda proteger la faja marginal solo para uso público con fines recreativos, paisajísticos y turísticos, así como la elaboración de los documentos técnicos de pre inversión (perfil y expediente técnico) que comprenda la defensa rivereña y la limpieza de desmonte acumulado, basura entre otras disposiciones de suma importancia.