Resolución de Alcaldía N.° 108-2025-MDA/ALC
Resolución que Aprueba “MATRIMONIOS MASIVOS COMUNITARIOS 2025” EN EL MARCO DE CELEBRARSE EL 185° ANIVERSARIO DE CREACIÓN POLÍTICA DEL DISTRITO DE AMOTAPE" de la Municipalidad de Amotape
15 de setiembre de 2025
Que, el artículo 234º del Código Civil Peruano define que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado Código, a fin de hacer vida común.
El Artículo 20º inciso 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con el artículo 259º del Código Civil faculta al Alcalde a celebrar matrimonios en la municipalidad en forma pública para lo cual los contrayentes deben comparecer con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley de la materia, correspondiendo para el presente caso, los establecidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Amotape para la celebración de los matrimonios comunitarios.
El Artículo 20º inciso 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con el artículo 259º del Código Civil faculta al Alcalde a celebrar matrimonios en la municipalidad en forma pública para lo cual los contrayentes deben comparecer con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley de la materia, correspondiendo para el presente caso, los establecidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Amotape para la celebración de los matrimonios comunitarios.
