Acuerdo de Concejo N.° 10-2025-MDA/CM
Acuerdo que aprueba el Convenio de Cooperación Interinstitucional que se celebrará entre la UGEL PAITA y la Municipalidad de Amotape
12 de febrero de 2025
Que, en dicho sentido, el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, describe las atribuciones del Concejo Municipal, prescribiendo lo siguiente:
“ARTÍCULO 9.- ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL
Corresponde al concejo municipal: (…)
26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional
y convenios interinstitucionales. (….)”
Que, en razón de lo expuesto, mediante el Informe Legal N° 34-2025-MDA-OGAJ, de fecha 10 de febrero de 2025, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; precisa que el instrumento legal, por medio del cual se autoriza la suscripción de convenios interinstitucionales, por lo que, tal como lo prescribe el numeral 26 del artículo 9° de Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala, que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios interinstitucionales, como se configura en el presente caso, dado que, el mencionado convenio, se celebrará con la Unidad de Gestión Educativa Local Paita, en dicho sentido, es el acuerdo de concejo Municipal, el instrumento habilitante para la suscripción de convenios interinstitucionales.