Ordenanza Municipal N.° 13-2024-MDA-A
Ordenanza Municipal Que Aprueba La Composición, Funciones y Ámbito De La Comisión Ambiental Municipal Del Distrito de Amotape
12 de diciembre de 2024
Que, en dicho contexto, por medio del Informe N° 242-2024-MDA-ODCMA, de fecha 05 de diciembre del 2023, el Jefe de la Oficina de Desarrollo Comunal, local y medio ambiente, solicita se apruebe la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Amotape, la cual estará conformada por los siguientes integrantes:
1. “Un representante de la Municipalidad distrital AMOTAPE, quien la presidirá.
2. Un representante de la subprefectura Distrital.
3. Un representante de las Organizaciones Juveniles del Distrito.
4. Un representante de las Organizaciones de comunidad campesina.
5. Un representante de las Juntas Vecinales.
6. Un representante de las asociaciones Culturales/ artesanales
7. Un representante del sector empresarial.
8. Un representante de medios de comunicación.
9. Un representante de las Instituciones educativas nivel primario.
10. Un representante de las Instituciones educativas nivel secundario.
11. Un representante del Instituto Superior Tecnológico Público.
12. Un representante de las Comisaria Distrital.
13. Un representante del establecimiento de salud.
2. Un representante de la subprefectura Distrital.
3. Un representante de las Organizaciones Juveniles del Distrito.
4. Un representante de las Organizaciones de comunidad campesina.
5. Un representante de las Juntas Vecinales.
6. Un representante de las asociaciones Culturales/ artesanales
7. Un representante del sector empresarial.
8. Un representante de medios de comunicación.
9. Un representante de las Instituciones educativas nivel primario.
10. Un representante de las Instituciones educativas nivel secundario.
11. Un representante del Instituto Superior Tecnológico Público.
12. Un representante de las Comisaria Distrital.
13. Un representante del establecimiento de salud.
La Comisión Ambiental Municipal - CAM, representa a las personas, instituciones públicas y privadas con responsabilidad, competencia e interés en la problemática ambiental del distrito.
Las instituciones conformantes de la CAM, deberán designar un representante titular y alterno, mediante comunicación escrita, la misma que deberá ser suscrita por el directivo de más alto nivel”.
Las instituciones conformantes de la CAM, deberán designar un representante titular y alterno, mediante comunicación escrita, la misma que deberá ser suscrita por el directivo de más alto nivel”.