Ordenanza Municipal N.° 611- 2025 -MDASA

24 de diciembre de 2025

Al vencimiento de la presente normativa todas las deudas tributarias que no hayan sido canceladavolverán a su estado original, con la correcta acotación de intereses y reajustes correspondientes, así como laactivación de todos los procedimientos de cobranza de dichos tributos, no acogidos a a presente ordenanza Municipal.
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OM _611-2025

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