Ordenanza Municipal N.° 611- 2025 -MDASA
24 de diciembre de 2025
Al vencimiento de la presente normativa todas las deudas tributarias que no hayan sido canceladavolverán a su estado original, con la correcta acotación de intereses y reajustes correspondientes, así como laactivación de todos los procedimientos de cobranza de dichos tributos, no acogidos a a presente ordenanza Municipal.
