Ordenanza Municipal N.° 012-2023-MDAS
Regula el horario de comercialización y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Alto Saposoa
17 de junio de 2025
La presente Ordenanza, tiene por objetivo regular el horario de comercialización y consumo de alcohólicas del distrito de Alto Saposoa, así como establece las obligaciones e infracciones en concordancia con las disposiciones legales vigentes.
Para el consumo de bebidas alcohólicas dentro del establecimiento con acompañamiento de comidas
Para el consumo de bebidas alcohólicas dentro del establecimiento con acompañamiento de comidas
- establecimiento Gastronómico de 8:00 am hasta las 11 :00 pm
- mercados de abasto de 8:00 am Hasta las 11:00 pm
en establecimiento de esparcimiento nocturnos
- Para bares y cantinas de 3:00 pm a 11:00 pm (de jueves a domingo)
- Para Peñas , clud sociales, videos pubs, discotecas, karaoke de domingo a jueves de 4:00 pm a 1:00 pm y viernes, sábado y viceversa de feriado de 1:00 pm a 3:00 am
- Para establecimiento en caso de explanada de espectáculo musicales ( coliseos y/o estadios deportivos) de 12:00 m a 3 am
- Para hospedaje hostales hoteles y similares de 5:00 pm hasta 11:00 pm
- Para sala de juego casinos, minimarket, licorerias de 3:00 pm a 11:00 pm