Ordenanza Municipal N.° 012-2023-MDAS

Regula el horario de comercialización y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Alto Saposoa

17 de junio de 2025

La presente Ordenanza, tiene por objetivo regular el horario de comercialización y consumo de alcohólicas del distrito de Alto Saposoa, así como establece las obligaciones e infracciones en concordancia con las disposiciones legales vigentes.
Para el consumo de bebidas alcohólicas dentro del establecimiento con acompañamiento de comidas
  • establecimiento Gastronómico de 8:00 am hasta las 11 :00 pm
  • mercados de abasto de 8:00 am Hasta las 11:00 pm
en establecimiento de esparcimiento nocturnos
  • Para bares y cantinas de 3:00 pm a 11:00 pm (de jueves a domingo)
  • Para Peñas , clud sociales, videos pubs, discotecas, karaoke de domingo a jueves de 4:00 pm a 1:00 pm y viernes, sábado y viceversa de feriado de 1:00 pm a 3:00 am
  • Para establecimiento en caso de explanada de espectáculo musicales ( coliseos y/o estadios deportivos) de 12:00 m a 3 am
  • Para hospedaje hostales hoteles y similares de 5:00 pm hasta 11:00 pm
  • Para sala de juego casinos, minimarket, licorerias de 3:00 pm a 11:00 pm
Vista preliminar de documento ORDENANZA QUE REGULA LOS HORARIOS DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

ORDENANZA QUE REGULA LOS HORARIOS DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

PDF
858 KB