¿Cuáles son los pasos a seguir para desarrolar una obra por impuestos?
Nota de prensa
11 de abril de 2015 - 12:00 a. m.
Gregorio Albarracín 11/04/2015.- Pasos básicos del proceso para los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas
La aplicación de la Ley de Obras por Impuestos se inicia cuando el Concejo Municipal o Consejo Regional o Consejo Universitario aprueba, mediante acuerdo, sus respectivos listados de proyectos priorizados. Estos, deben ser proyectos que cuenten con viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP y hayan sido incluidos en el correspondiente Programa Multianual de Inversión Pública, cuando éste le sea aplicable.
Los Gobiernos Regionales – GR, Gobiernos Locales - GL y Universidades Públicas UP, deben actualizar sus listas de proyectos priorizados periódicamente y comprobar que el saldo de los recursos asignados por el MEF alcance para su ejecución.
Pasos básicos del proceso para las empresas privadas
La empresa privada inicia la aplicación de la Ley de Obras por Impuestos identificando el proyecto en función a sus lineamientos y solicita al GR/GL/UP la convocatoria al proceso de selección para seleccionar a la empresa que financiará y ejecutará el proyecto.
Al adjudicarse la Buena Pro del proceso, la empresa adjudicataria elabora el expediente técnico y ejecuta la obra a través de su empresa constructora, y en coordinación permanente con la empresa supervisora.
Culminada la obra, se realiza la recepción por parte del GR o GL o UP y este solicita al MEF la emisión del CIPRL a favor de la empresa./Por EERT
Fuente: ProInversión
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