MTPE recuerda que trabajadores pueden solicitar licencia para realizarse exámenes oncológicos preventivos

Nota de prensa
En el caso del descarte de cáncer de mama y cuello uterino, la licencia no requiere ser compensada.
MTPE recuerda que trabajadores pueden solicitar licencia para realizarse exámenes oncológicos preventivos
MTPE recuerda que trabajadores pueden solicitar licencia para realizarse exámenes oncológicos preventivos
MTPE recuerda que trabajadores pueden solicitar licencia para realizarse exámenes oncológicos preventivos

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

4 de febrero de 2023 - 9:05 a. m.

En el Día Mundial contra el Cáncer, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recuerda que los trabajadores del sector público y privado, sin excepción, tienen derecho a solicitar una licencia con goce de haber al año para realizarse exámenes oncológicos de manera preventiva.

Para acceder a este permiso, el trabajador previamente deberá de presentar a su empleador o autoridad superior la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Posteriormente, deberá presentar los documentos que acrediten que se recibió dicha atención.

De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 31479, que incorpora el artículo 12 de la Ley Nacional del Cáncer (Ley 31336), la licencia solicitada será de carácter compensable. Por ello, los trabajadores de acuerdo a lo que indica la norma: tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos. La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.

Licencia para descarte de cáncer mama y cuello uterino no requiere ser compensada

Por otro lado, el MTPE detalla que, en el caso de las trabajadoras, ellas tienen derecho a un día de licencia con goce de haber al año para practicarse exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.

Esta licencia específica no requiere ser compensada, de acuerdo a lo establecido en la Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica (Ley N ° 31561).  

Cabe resaltar que las empresas que no cumplan con otorgar licencias laborales en los casos señalados pueden ser sancionadas, puesto que esta falta se encuentra tipificada en el Reglamento de la Ley General de la Inspección de Trabajo como una infracción muy grave.