Ministro Juan Lira: Cambios al Reglamento de Relaciones Colectivas de Trabajo buscan promover un modelo democrático de relaciones laborales

Nota de prensa
Titular del MTPE señala que otro de los objetivos es que el reconocimiento de los derechos fundamentales laborales no sean solo mera retórica, sino una concreción real.

Oficina de Comunicación e Imagen Institucional

4 de agosto de 2022 - 9:27 a. m.

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Ramón Lira Loayza, fue enfático en afirmar que los cambios al reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que ha realizado su gestión, buscan promover un modelo democrático de relaciones laborales donde el reconocimiento de los derechos fundamentales de la clase trabajadora no solo sean mera retórica, sino una concreción real en las disposiciones normativas y en el funcionamiento de los diversos sistemas de trabajo.
 
Fue durante su exposición en el foro “Equilibremos la Balanza: Cambios al Reglamento de Relaciones Colectivas de Trabajo”, que realizó el MTPE este miércoles, donde sostuvo que una premisa fundamental para alcanzar ese objetivo es la posibilidad que los propios interlocutores sociales - trabajadores y empleadores- puedan decidir lo más conveniente para sus relaciones laborales en un marco de justicia y de respeto a la legislación vigente.
 
Se debe recordar que el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo fue aprobado en el año 1992, a través del Decreto Ley Nº 25593, el cual generó una asimetría entre empleadores y trabajadores, creando condiciones para debilitar a los sindicatos, desincentivando la sindicación, obstaculizándose la negociación colectiva y reduciendo a su mínima expresión las posibilidades de ejercicio del derecho de huelga.  
 
Posteriormente, se produjeron recomendaciones y observaciones de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con el propósito de enmendar algunas de esas desigualdades, que se alinearon a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
 
El ministro Lira Loayza señaló que si bien, durante el 2003 se corrigieron algunos aspectos de la ley de relaciones colectivas de trabajo, el reglamento siguió en su versión casi original, con los consiguientes perjuicios que eso causaba a los trabajadores, además de mantener en la práctica un estado de cosas inconstitucional en el ámbito de las relaciones colectivas
 
“En la presente gestión, se propuso corregir esta desactualización. Haciendo uso de las facultades normativas que tiene el MTPE, se ha aprobado un conjunto de disposiciones que no producen ningún cambio a nivel legislativo, pero que, en los aspectos reglamentarios, adecúa aquellos asuntos pendientes que se requerían para culminar las modificaciones que se hicieron hace dos décadas en el Congreso de la República”, argumentó.
 
De acuerdo a información oficial, la desprotección y precariedad que generaron dichas normas, no favorecieron el ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores. Una muestra de ello es que, para el año 2020, la cantidad de trabajadores sindicalizados representaba solamente el 4.94% de trabajadores formales en el sector privado. Mientras que solo el 4.06% estaba cubierto por una negociación colectiva.
 
En el foro “Equilibremos la Balanza: Cambios al Reglamento de Relaciones Colectivas de Trabajo”, participó como ponente el abogado y ex Director General de Trabajo, Ernesto Aguinaga Meza, quien resaltó que el reglamento hace expreso que las y los trabajadores pueden constituir organizaciones sindicales de grupo de empresa u organizaciones sindicales por cadena productiva o por tercerización. 
 
Otro cambio positivo es la eliminación de exigencias relativas a la constitución y registro de organizaciones sindicales. Ahora se pone en marcha el principio de veracidad. Basta con presentar una declaración jurada para su inscripción, comentó.
 
Mientras que el exviceministro de Trabajo y profesor universitario, Alfredo Villavicencio Ríos sostuvo que a mayor tasa de sindicalización el resultado son países más integrados, menor desigualdad social, mayor democracia material, mayor ciudadanía social. Pero en países como el nuestro, con una tasa de sindicalización de 5%, la desigualdad económica es mayor y la renta de los empresarios con la de los trabajadores se aleja cada vez más. “El reglamento no va a solucionar los problemas, pero es un instrumento que va a ayudar a hacer oír la voz de los trabajadores”, señaló. 
 
En tanto, la economista Alexandra Toledo Castillo presentó la evolución del nivel de sindicalización y la cobertura por negociaciones colectivas. Comentó que se observa que desde el 1997 al 2010 había más coberturas por negociación colectiva respecto a las tasas de sindicalización lo cual cambia a partir del 2013 en que se observa una brecha de trabajadores que, pese a estar sindicalizados, no llegan a tener ningún beneficio por negociación colectiva.
 
Finalmente, la educadora y presidenta ejecutiva del Programa Laboral de Desarrollo (PLADES), Giovanna Larco Droully, precisó que el 89% de los sindicalizados en el sector privado son hombres y solo el 11 por ciento mujeres. Eso se explica porque en el sector privado las mujeres están en las ocupaciones con tasas de sindicalización más bajas (servicio, comercio, agroindustria).
 
Por ello, recomendó promover la sindicalización entre los jóvenes, de la mujer trabajadora, especialmente en el sector privado, pero también en el autoempleo. Recordó además que los trabajadores más precarios están en micro y pequeñas empresas donde no hay sindicatos. 
 
 
Lima, 4 de agosto del 2022