Registro del Servicio de Visación del Certificado de Trabajo

Comunicado

MTPE / OCII

29 de abril de 2022 - 12:54 p. m.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica, respecto al Registro del Servicio de Visación del Certificado de Trabajo para adquirir la nacionalidad peruana por naturalización o por opción, lo siguiente:
El artículo 3 de la Ley Nº 26574 establece que son peruanos por naturalización, las personas extranjeras que expresan su voluntad de serlo y que, entre otros requisitos, ejercen regularmente una profesión, arte, oficio o actividad empresarial.
El numeral 3 del artículo 4 de la Ley Nº 26574 señala que pueden ejercer el derecho de opción para adquirir la nacionalidad peruana, las personas nacidas en el territorio extranjero, hijos de padre o madre peruanos, que a partir de su mayoría de edad manifiestan su voluntad de serlo ante la autoridad competente.
Para el otorgamiento de la nacionalidad peruana por naturalización o por opción, respectivamente, los ciudadanos extranjeros deben cumplir con presentar, entre otros documentos, el certificado de trabajo con firma del empleador, legalizado notarialmente y visado por la Autoridad Administrativa de Trabajo.

29 de abril, de 2022