Comunicado

Comunicado

28 de octubre de 2021 - 10:22 a. m.

En cumplimiento del artículo 2 de la Ley n.° 31218, que autoriza la revisión de los casos de extrabajadores que se acogieron al procedimiento previsto por la Ley n.° 30484, que dispone la creación de la Comisión Multisectorial encargada de determinar y estructurar la lista final de cesados colectivos irregulares del periodo 1990, y habiéndose recibido dentro del plazo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo n.° 019-2021-TR,Decreto Supremo que aprueba el reglamento de la Ley n.° 31218, las propuestas de representantes presentadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, centrales sindicales y el gremio de extrabajadores no comprendidos en ninguna central sindical, publicamos las mismas en cumplimiento de lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo n.° 019-2021-TR[1]:
Representantes de las entidades:
· Edilberto Sergio Jaime Ríos
· Gina Marlene Román López
· José Antonio Ordinola Dediós
· José Gutiérrez Santafé
Representante de las centrales sindicales[2]
· Benigno Hildebrando Chirinos Sotelo
· Elías Mostacero Cueva
· Néstor Loayza Navarro
· Roberto Edison Machado Ruiz
· Víctor Ubaldo Guerrero Paker
Representante de gremios de extrabajadores cesados irregularmente no comprendidos en ninguna central sindical:
· César Casas Centurión (Titular)
· Vilma Cuyutupac Huaynalaya (alterno)
· Fulgencio Gómez Ordoñez (alterno)
Lima, 28 de octubre de 2021

[1] Artículo 3.- De la conformación e instalación de la Comisión Multisectorial(…) 3.2 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publica en su sede digital (http://www.gob.pe/mtpe) la propuesta de los representantes que integran la Comisión Multisectorial dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del plazo indicado en el numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento.

[2] Mediante Oficio Circular N°002- 2021-MTPE/2/16, de fecha 27 de octubre de 2021, se solicitó a las Centrales Sindicales que cumplan con precisar a su representante Titular y representantes alternos