Ex trabajadores cesados irregularmente que no fueron reincorporados o reubicados laboralmente podrán acceder a compensación económica

Nota de prensa
• Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó hoy DS Nº 010-2019-TR que establece procedimiento voluntario para ex colaboradores inscritos en el Registro de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI). En cinco días hábiles, MTPE hará público el formato de solicitud voluntaria que estará disponible en el portal web. https://www.gob.pe/mtpe.

9 de julio de 2019 - 10:37 a. m.

El día de hoy, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el Decreto Supremo N° 010 -2019-TR, que establece las reglas excepcionales para que los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI), que no fueron reubicados o reincorporados laboralmente, opten voluntariamente por acceder al beneficio de compensación económica señalado en la Centésima Decimonovena Disposición Complementaria Final de la Ley N°30879, Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal para el año 2019.

Para acceder a la compensación económica se seguirá el siguiente procedimiento:

- En un plazo de cinco (5) días hábiles de publicado el citado Decreto Supremo, el MTPE aprueba mediante resolución ministerial un formato de solicitud de acceso a la compensación económica que se encontrará disponible en su portal web (https://www.gob.pe/mtpe).

- En un plazo de treinta (30) días hábiles de publicado el formato de solicitud, los ex trabajadores que opten por acogerse a la compensación económica deben presentar el formato debidamente suscrito ante el MTPE.

- Vencido el plazo de treinta (30) días hábiles, el MTPE publica el listado de aquellos ex trabajadores habilitados para el pago de su compensación económica.

- En el año 2019, el MTPE debe emitir las Resoluciones Ministeriales que autorizan el pago de la compensación económica.

Finalmente, para este procedimiento la compensación económica se calcula en base a dos (2) remuneraciones mínimas vitales vigentes[1] por cada año de trabajo acreditado en la entidad o empresa en la que cesó irregularmente el ex trabajador, con un tope de hasta máximo quince (15) años. Ello significa que por cada año acreditado al ex trabajador se le pagará el monto S/ 1860.00, considerando el tope máximo de S/27 900.00.

[1] La remuneración mínima vital al año 2019 equivale a S/930.00.