Empresa Transportes 77 y sindicato suscriben convenio colectivo favorable a 69 trabajadores
Nota de prensa
Fotos: MTPE
26 de enero de 2019 - 12:39 p. m.
La empresa Transportes 77 S. A. y su Sindicato Unitario de Trabajadores suscribieron un convenio colectivo de 3 años de vigencia, favorable a 69 trabajadores sindicalizados.
El referido convenio es vigente desde el primero de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2020, salvo en aquellas cláusulas que señalen una vigencia específica distinta.
El convenio precisa que la empresa otorgará una beca por excelencia académica a cada hijo de los trabajadores afiliados al sindicato, que se encuentre cursando estudios escolares (primaria o secundaria) y tengan entre los cuatro y dieciocho años de edad, así como a los que cursen estudios de pregrado en universidades y tengan entre diecisiete y veinticuatro años de edad.
Al respecto, el trabajador afiliado deberá haber acreditado debidamente a sus hijos en la empresa, así como haber cumplido con las condiciones de entrega.
De otro lado, Transportes 77 S. A. otorgará cuatro días de licencia con goce de haber por fallecimiento de familiares directos (esposa, conviviente, padres o hijos) si el hecho ocurre dentro de la región a la que pertenece el trabajador. De suceder fuera, se otorgará 5 días de licencia.
Asimismo, se incrementarán las remuneraciones de los trabajadores operarios así como de los conductores.
Cabe indicar que se establecieron otros acuerdos en materia de asignación por estudios superiores del trabajador, aporte a la organización sindical, licencias sindicales, asignación familiar y por escolaridad, entre otros.
Finalmente, la empresa pagará a los afiliados los reintegros de los beneficios contemplados en el convenio, en un plazo de sesenta días a partir de su suscripción.
Cabe señalar que, ambas partes, suscribieron adicionalmente un acta de acuerdo que establece que la empresa otorgará, por única vez, al sindicato un determinado monto para que éste pueda utilizarlo en la promoción de actividades sindicales y/o el pago de obligaciones institucionales.
Asimismo, el acta precisa que la empresa asumirá el valor de las costas y costos con ocasión del procedimiento arbitral que dio solución al pliego de reclamos 2017 – 2018.