Resolución Ministerial N.° 279-2022-TR
21 de octubre de 2022
Modificar el literal p) del numeral 3.2 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 275-2021/TR, Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022, en los siguientes términos:
“p) Aprobar otras modificaciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, con la salvedad de aquellas modificaciones que tengan por objeto el reajuste de precio como consecuencia del incremento de la Remuneración Mínima Vital, incluyendo las modificaciones del contrato cuando el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF;”