Decreto Supremo N.° 002-2021-TR

4 de marzo de 2021

Modifícase el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 019-2020-TR, Decreto Supremo que aprueba la fusión por absorción del Programa Impulsa Perú al Programa Jóvenes Productivos, con el siguiente texto:
“3.1 La fusión por absorción prevista en el artículo 1 del presente Decreto Supremo culmina en un plazo máximo de ciento diez días hábiles, contados a partir de su vigencia. En dicho plazo el Programa Nacional absorbido transfiere a la entidad absorbente sus bienes muebles e inmuebles, personal, recursos, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y activos correspondientes.”.

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