Comunicado: Obligación Sustantiva de las Personas en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil-RENOCC

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23 de agosto de 2021

COMUNICADO
Con respecto al Registro Nacional de Obras de Construcción Civil-RENOCC, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica a los trabajadores, empresas y público en general que participan en la ejecución de obras de construcción civil, cuyos costos individuales exceden las cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UITs) lo siguiente:
  • La obligación sustantiva por parte del empleador de publicitar las constancias de inscripción y de declaración en el RENOCC, según lo regulado en el artículo 10 del Decreto Supremo N° 005-2020-TR.
10.1. Efectuada la inscripción y, de ser el caso, la declaración de participación en el RENOCC, debe(n) imprimirse la(s) respectiva(s) constancia(s) y publicarla(s) en un lugar visible de la obra.

10.2. A través del portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o del código QR inserto en la(s) constancia(s), es posible validar la existencia del registro. En el caso de las entidades comprendidas en el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1187, decreto que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil, estas pueden solicitar la asignación de un usuario interno para acceder al aplicativo informático, a fin de revisar información detallada de las obras inscritas en el RENOCC.

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