Comunicado de actualización RENOCC

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19 de abril de 2021

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Con respecto al Registro Nacional de Obras de Construcción Civil-RENOCC, a las personas que participan en la ejecución de obras de construcción civil cuyos costos individuales exceden las cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UITs), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica lo siguiente:
La obligación sustantiva de actualizar trimestralmente la información en el RENOCC según lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 005-2020-TR:
9.1. Se encuentran obligados a actualizar trimestralmente la información de la obra inscrita en el RENOCC las personas que participan en la ejecución de la obra, incluyendo contratistas y subcontratistas; para lo cual, declaran la información relativa a su participación en ella e informan sobre la nómina de trabajadores de construcción civil comprendidos en el trimestre inmediato anterior, precisando su documento de identidad, nombre, ocupación, fecha de inicio y, de ser el caso, fecha de cese.
9.2. La actualización se realiza mediante el aplicativo informático, considerando el número de registro único asignado a la obra. La actualización se efectúa dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
Dirección de Registros Nacionales de Relaciones de Trabajo.
Dirección General de Trabajo.
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