Propuesta de designación de miembro del Concortv

Nota Informativa

19 de julio de 2024 - 7:35 p. m.

Se comunica, en el marco de lo establecido por el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC[1], que la Secretaria Técnica del Consejo Consultivo de Radio y Televisión, mediante Memorando N° 0110-2024-MTC/32 (registrado con hoja de ruta N° I-346117-2024), remitió al Viceministerio de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la Carta N° 003-2024-MTC/32 a través de la cual comunican la propuesta del Colegio de Periodistas del Perú, que propone a la señora Karola Ysabel Lara Manchego como su representante ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión.
En tal sentido, a fin de continuar con el trámite de designación del representante del Colegio de Periodistas del Perú ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión, se dispone establecer el plazo de quince días calendarios para que los interesados remitan sus comentarios y/o sugerencias a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones de este Ministerio, vía correo electrónico a info.dgprc@mtc.gob.pe.


[1] Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC.
Artículo 106.-Designación de los miembros del CONCORTV
“La designación de los miembros del CONCORTV, se realiza de conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley.
El cargo de miembro del Consejo se ejerce ad honórem, por período único de dos (2) años improrrogables.
Cada institución deberá proponer a nuevos representantes al Ministerio, con una anticipación no menor de un (1) mes antes del vencimiento del período de su designación. De no presentarse dichas propuestas, se procederá conforme la Tercera Disposición Transitoria de la Ley.
El Ministerio publicará los nombres de las personas propuestas en su página web.
El Presidente del Consejo es elegido entre sus miembros por un período de dos (2) años, improrrogable. Tiene voto dirimente“.