Empresas de transporte que operaban en Fiori deberán acreditar un nuevo terminal en 30 días calendario y no utilizarán la vía pública

Nota de prensa
Plazo servirá para que transportistas formales presenten el contrato de uso de un nuevo terminal donde realizarán sus operaciones, según oficio múltiple entregado hoy El MTC elevará la valla de las exigencias técnicas de los terminales terrestres

29 de enero de 2018 - 12:00 a. m.

El Ministerio de Transportes yComunicaciones (MTC) brindará un plazo de 30 días calendario para que lasempresas de transporte interprovincial que se han visto afectadas por el cierredel Terminal de Fiori regularicen su situación legal y presenten un contrato deuso de un nuevo terminal terrestre donde realizarán sus operaciones de embarquey desembarque.

 

Así lo afirmó Paúl Concha Revilla,Director General de Transporte Terrestre (DGTT) del Ministerio de Transportes yComunicaciones (MTC), quien advirtió que esta medida no significa que dichasempresas de transporte podrán operar en la vía pública como han venido haciendo.

 

Agregó que existen 69 empresas detransporte interprovincial que operaban en el terminal de Fiori, las mismas quedeberán cumplir con lo dispuesto en el Oficio Múltiple N° 0118-MTC-2018/15 quese les hizo llegar hoy.

 

El director de la DGTT destacó que, sin perjuiciode las acciones judiciales conocidas por todos, a través de la Resolución deSubgerencia N° 4018063873-S-2018-SUTRAN/06.4.1, la Sutran sancionó a la empresaFiori con la cancelación de la habilitación del terminal terrestre por noacreditar la posesión legítima.

 

Nuevas exigencias para terminales terrestres

Concha Revilla adelantó que laDirección de Regulación y Normatividad de la DGTT se encuentra trabajando en laelaboración de un Reglamento Nacional de Infraestructura Complementaria, con elcual se establecerán las características técnicas que permitirán elevar lavalla de las exigencias de todo terminal terrestre para ser habilitado, aefectos de mejorar la calidad de atención para los usuarios.

 

En ese sentido, explicó que uninmueble que quiere utilizarse como terminal terrestre debe contar con áreassuficientes para el embarque y desembarque de los pasajeros, counter, zona deestacionamiento, zona de pasajeros, entre otros servicios, sin perjuicio deconstituir un espacio idóneo para llevar a cabo las acciones de fiscalizaciónque aseguren las óptimas condiciones técnicas y operativas de los vehículosdestinados al transporte interprovincial de personas.

 

Enfatizó que para operar, todoterminal terrestre o estación de ruta debe contar con licencia defuncionamiento, conforme lo dispuesto en la Ley Marco de Licencias deFuncionamiento.