MTC brinda facilidades a empresas de telecomunicaciones para cumplir obligaciones económicas

Nota de prensa
MTC garantiza continuidad de los servicios de telecomunicaciones durante el Estado de Emergencia Nacional.

Fotos: MTC

MTC

13 de abril de 2020 - 7:01 a. m.

Las empresas de telecomunicaciones que brindan servicios a nivel nacional podrán presentar la declaración jurada del pago de tasa por la explotación comercial de servicios públicos cuando culmine el Estado de Emergencia Nacional. Es decir, luego del 26 de abril.

En el caso de aquellos concesionarios que no registraron ingresos corresponderá cumplir con la obligación formal de presentar la declaración y consignar cero (0) entradas, en el marco del Estado de Emergencia Nacional, precisó la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones del MTC.

La declaración jurada deberá ser remitida con los datos correspondientes y firmada por el representante legal, escaneada, siendo remitida al correo electrónico de Servicio Recaudación - DGCC recaudacion-dgcc@mtc.gob.pe. El formato se encuentra en: bit.ly/2Xr44P4

Según lo dispuesto en la resolución directoral N°114-2020-MTC/27, las obligaciones económicas de los concesionarios quedan suspendidas durante este periodo y deberán ser reanudadas posteriormente.

Asimismo, se suspende los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones y requerimientos formulados a las empresas de servicios públicos de telecomunicaciones, durante el periodo el Estado de Emergencia Nacional. Sin embargo, los concesionarios de telecomunicaciones que deseen pueden presentar, desde ahora, sus declaraciones juradas y proceder con el pago correspondiente.

Asimismo, se recuerda que se encuentran suspendidos los plazos otorgados a los usuarios que han iniciado algún procedimiento administrativo para que subsanen el cumplimiento de requisitos de forma y fondo. La suscripción de contratos de concesión para prestar servicios públicos de telecomunicaciones y servicios postales también se encuentra temporalmente detenido.