Resolución Ministerial N.° 765-2003-MTC/02

16 de setiembre de 2003

Artículo 2°.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a través del Recibo de Acotación N° 3909.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES MINISTERIALES DEL AÑO 2003

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