Resolución Ministerial N.° 765-2003-MTC/02
16 de setiembre de 2003
Artículo 2°.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a través del Recibo de Acotación N° 3909.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES MINISTERIALES DEL AÑO 2003