Decreto Supremo N.° 036-2000-MTC
26 de julio de 2000
Establézcase hasta el 31 de agosto de 2000 el plazo para que las concesionarias del servicio público de transporte interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus puedan acogerse al beneficio contemplado en la primera disposición transitoria del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Núm. 046-99-MTC
Esta norma pertenece al compendio DECRETOS SUPREMOS DEL MTC