Resolución Ministerial N.° 179-2003-MTC/03
11 de marzo de 2003
ARTÍCULO ÚNICO.- Precísese que las autoridades facultadas para la aprobación de los actos a que se refieren los artículos 120° y 121° A del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, están autorizadas a suscribir las adendas al contrato de concesión que sean necesarias para su formalización.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES MINISTERIALES DEL AÑO 2003