Resolución Ministerial N.° 179-2003-MTC/03

11 de marzo de 2003

ARTÍCULO ÚNICO.- Precísese que las autoridades facultadas para la aprobación de los actos a que se refieren los artículos 120° y 121° A del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, están autorizadas a suscribir las adendas al contrato de concesión que sean necesarias para su formalización.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES MINISTERIALES DEL AÑO 2003

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