Resolución Ministerial N.° 717-2019-MTC/01
Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Bienes Inmuebles y de los Valores de las Tasaciones
28 de agosto de 2019
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Bienes Inmuebles y de los Valores de las Tasaciones
Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho ..: Abancay, Tramo: Ayacucho (Km. 0+000 - km. 50+000), y los valores de las Tasaciones de las mismas, ascendentes a SI 16,037.20 y SI 48,423.74, conforme se detalla en los Anexos Nos. 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N º 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N º 011- 2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los inmuebles expropiados a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga las Partidas Registrales respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.
Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N º 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N º 011-2019- VIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los ·enes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación.
Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho ..: Abancay, Tramo: Ayacucho (Km. 0+000 - km. 50+000), y los valores de las Tasaciones de las mismas, ascendentes a SI 16,037.20 y SI 48,423.74, conforme se detalla en los Anexos Nos. 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N º 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N º 011- 2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los inmuebles expropiados a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga las Partidas Registrales respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.
Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N º 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N º 011-2019- VIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los ·enes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación.