Resolución Ministerial N.° 366-2021-MTC/01

-Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del Valor de la Tasación

27 de abril de 2021

Artículo 1.-Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmul:lble afectado por la Obra: "Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná - Dv. Quilca - Matarani - llo - Tacna, Sub Tramo 1: Matarani - El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal - Punta de Bombón" y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a SI 334 495,62 {TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 62/100 SOLES) correspondiente al Código CCS-MATBOM-MQLLE-050, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.· Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N ° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N ° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.
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