Resolución Ministerial N.° 209-2021-MTC/01.02
Artículo 1.- Aprobación del Valor de la Tasación y el pago de las mejoras y gastos de traslado Aprobar el valor de la Tasación ascendente a S/ 19 611,60
10 de marzo de 2021
Artículo 1.- Aprobación del Valor de la Tasación y el pago de las mejoras y gastos de traslado Aprobar el valor de la Tasación ascendente a S/ 19 611,60 (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS ONCE CON 60/100 SOLES), el cual incluye los gastos de traslado, y el pago por las mejoras encontradas en el área de los inmuebles afectados por la ejecución de la obra: Aeropuerto Internacional “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta”, ubicado en la ciudad de Iquitos, distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas y departamento de Loreto, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Pago del Valor de la Tasación de las mejoras y gastos de traslado
Disponer que la Oficina General de Administración, en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, realice el pago del valor de la Tasación indicada en el artículo precedente a favor del poseedor u ocupante.
Artículo 3.- Notificación al poseedor u ocupante
Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifique la presente Resolución Ministerial al poseedor u ocupante, requiriéndole la desocupación y entrega del área de los inmuebles ocupados en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución Ministerial, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área de los inmuebles ocupados.
Artículo 2.- Pago del Valor de la Tasación de las mejoras y gastos de traslado
Disponer que la Oficina General de Administración, en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, realice el pago del valor de la Tasación indicada en el artículo precedente a favor del poseedor u ocupante.
Artículo 3.- Notificación al poseedor u ocupante
Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifique la presente Resolución Ministerial al poseedor u ocupante, requiriéndole la desocupación y entrega del área de los inmuebles ocupados en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución Ministerial, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área de los inmuebles ocupados.