Resolución Ministerial N.° 194-2021-MTC/01.03
Artículo 1.- Otorgar a la empresa INFINITE SPEED TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA Concesión Única
5 de marzo de 2021
Artículo 1.- Otorgar a la empresa INFINITE SPEED TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como el primer servicio a prestar el servicio portador local en las modalidades conmutado y no conmutado.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa INFINITE SPEED TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho. (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas.
Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa INFINITE SPEED TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa INFINITE SPEED TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho. (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas.
Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa INFINITE SPEED TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.