Resolución Ministerial N.° 182-2021-MTC/01
Apruébese, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440
1 de marzo de 2021
Artículo 1.- Desagregación de recursos
Apruébese, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en los literales o) y p) del su numeral 6.1 del numeral 6 de la Directiva N° 003-2020-EF/51.01, “Normas para la Preparación y Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos para el Cierre del Ejercicio Fiscal 2020”, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 41 1-2020-EF, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios — RCC, hasta por la suma de S/ 14 617 556,00, (CATORCE MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, conforme se detalla en el Anexo “Detalle de Desagregación de Partidas e Ingresos”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que hace sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Apruébese, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en los literales o) y p) del su numeral 6.1 del numeral 6 de la Directiva N° 003-2020-EF/51.01, “Normas para la Preparación y Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos para el Cierre del Ejercicio Fiscal 2020”, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 41 1-2020-EF, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios — RCC, hasta por la suma de S/ 14 617 556,00, (CATORCE MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, conforme se detalla en el Anexo “Detalle de Desagregación de Partidas e Ingresos”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que hace sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.