Resolución Ministerial N.° 180-2021-MTC/01

Artículo 1.- Modificar los numerales 8.17 y 8.18 del acápite 8 y el numeral 10.7 del acápite 10 del “Lineamiento Sectorial para la Prevención del COVID-19

27 de febrero de 2021

Artículo 1.- Modificar los numerales 8.17 y 8.18 del acápite 8 y el numeral 10.7 del acápite 10 del “Lineamiento Sectorial para la Prevención del COVID-19 en el Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas en los Ámbitos Nacional y Regional”, aprobado por Resolución Ministerial N° 0386-2020-MTC/01, según el texto que, en Anexo N° 1, forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Derogar el numeral 8.19 del acápite 8 y el numeral 10.15 del acápite 10 del “Lineamiento Sectorial para la Prevención del COVID-19 en el Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas en los Ámbitos Nacional y Regional”, aprobado por Resolución Ministerial N° 0386-2020-MTC/01.

Artículo 3.- Incorporar el numeral 10 al “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en los Servicios Complementarios para la Emisión de las Licencias de Conducir que realizan las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud, Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, aprobado por Resolución Ministerial N° 0366-2020-MTC/01, según el texto que, en Anexo N° 2, forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día 01 de marzo de 2021.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
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