Resolución Ministerial N.° 0745-2020-MTC/01.02
Articulo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación
26 de octubre de 2020
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Tramo Vial Ovalo Chancay Desvío Variante Pasamayo - Huaral - Acos” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 59 082,16 (CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y DOS CON 16/100 SOLES), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el articulo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislativa que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el ultimo párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasacion pagado directamente o via consignacion a los Sujetos Pasivos.
Articulo 4.- Inscripción Registral del area del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del beneficiario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Articulo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos \ Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de nterferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado ) por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendo la desocupacion y entrega del area expropiada del bien inmueble dentro de un plazo maximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolucion, de encontrarse el area del inmueble desocupado, o treinta (30) dias habiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del area del bien inmueble materia de expropiación. Registrese, comuniquese y publiquese.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el articulo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislativa que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el ultimo párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasacion pagado directamente o via consignacion a los Sujetos Pasivos.
Articulo 4.- Inscripción Registral del area del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del beneficiario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Articulo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos \ Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de nterferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado ) por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendo la desocupacion y entrega del area expropiada del bien inmueble dentro de un plazo maximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolucion, de encontrarse el area del inmueble desocupado, o treinta (30) dias habiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del area del bien inmueble materia de expropiación. Registrese, comuniquese y publiquese.