Resolución Ministerial N.° 0653-2020-MTC/01.02

Artículo 1.- Aprobar el valor total de la Tasación del área de un (01) inmueble ascendente a S/ 26 612,00 (VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS DOCE CON 00/100 SOLES)

30 de setiembre de 2020

Artículo 1.- Aprobar el valor total de la Tasación del área de un (01) inmueble ascendente a S/ 26 612,00 (VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS DOCE CON 00/100 SOLES) que incluye el incentive a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto "Cadete FAR Guillermo del Castillo Paredes”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin, as! como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Beneficiario y el pago del valor total de la Tasación a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue el area del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10) dfas hábiles, de encontrarse el área del inmueble libre, o treinta (30) dfas habiles de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f) del numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA.
Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) dfas habiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasacion, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Publico dentro de los siete (07) dias habiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisicion a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, segun lo previsto en el artfculo 22 del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberacion de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravamenes que existan sobre el area del bien inmueble. Registrese y comuniquese.
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