Resolución Ministerial N.° 336-2021-MTC/01
Aprobación de los Valores de las Tasaciones y el pago de las mejoras
14 de abril de 2021
Artículo 1.- Aprobación de los Valores de las Tasaciones y el pago de las mejoras Aprobar los valores de las Tasaciones ascendentes a SI 66 371,75 (SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 751100 SOLES), correspondiente al área del inmueble con código PM1G-AERPUCALLPA-PU-143 y, SI 7 668,36 (SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 361100 SOLES), correspondiente al área del inmueble con código PM1 G-AERPUCALLPA-PU-200; y el pago respectivo a las mejoras encontradas en las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la obra: Aeropuerto "Capitán FAP David Abensur Rengifo", ubicado en la ciudad de Pucallpa, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Pago de los Valores de las Tasaciones de las mejoras Disponer que la Oficina General de Administración, en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, realice el pago de los valores de las Tasaciones indicadas en el artículo precedente a favor de los poseedores u ocupantes.
Artículo 3.- Notificación a los poseedores u ocupantes Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifique la presente Resolución Ministerial a los poseedores u ocupantes, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas de los inmuebles ocupados en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución Ministerial, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los inmuebles ocupados.
Artículo 2.- Pago de los Valores de las Tasaciones de las mejoras Disponer que la Oficina General de Administración, en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, realice el pago de los valores de las Tasaciones indicadas en el artículo precedente a favor de los poseedores u ocupantes.
Artículo 3.- Notificación a los poseedores u ocupantes Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifique la presente Resolución Ministerial a los poseedores u ocupantes, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas de los inmuebles ocupados en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución Ministerial, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los inmuebles ocupados.