Resolución Ministerial N.° 0267-2020 MTC/01.02

Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble del Valor de la Tasación

15 de mayo de 2020

Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble afectado por la ejecución de || la Obra: “Autopista del Sol (Trujillo- Chiclayo - Piura -Sullana)”; y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 27,846.00, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Articulo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del ^ Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida .-i % Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del inmueble "afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.
Articulo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficir)|i Régis.tral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNÁRP inscriba á favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un pazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, , de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o s |] en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el M lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuniqúese y publíquese.
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