Resolución Ministerial N.° 597-2019-MTC/01
Otorgar a la empresa CABLE SELVA Y SIERRA E.I.R.L., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años,
2 de agosto de 2019
Artículo 1.- Otorgar a la empresa CABLE SELVA Y SIERRA E.I.R.L., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa CABLE SELVA Y SIERRA E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolución.
Articulo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, as! como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Publica del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo.
Artículo 4.- La concesión otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa CABLE SELVA Y SIERRA E.I.R.L., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa CABLE SELVA Y SIERRA E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolución.
Articulo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, as! como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Publica del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo.
Artículo 4.- La concesión otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa CABLE SELVA Y SIERRA E.I.R.L., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.