Resolución Ministerial N.° 058-2021-MTC/01.03
Artículo 1.- Otorgar a la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. Concesión Única
1 de febrero de 2021
Artículo 1.- Otorgar a la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la Republica del Perú, estableciéndose como el primer servicio a prestar el servicio portador local en la modalidad conmutado.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Articulo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura publica del referido contrato y de las adendas.
Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolucion Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Articulo 5.- Remitir copia de la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Articulo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura publica del referido contrato y de las adendas.
Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolucion Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Articulo 5.- Remitir copia de la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.