Resolución Ministerial N.° 0717-2020-MTC/01.02
Aprobacibn de la Ejecucibn de ia Expropiacibn del brea del Bien Inmueble y del Valor de la Tasacion
20 de octubre de 2020
Articulo 1.- Aprobacibn de la Ejecucibn de ia Expropiacibn del brea del Bien Inmueble y del Valor de la Tasacion
Aprobar la ejecucibn de la expropiacibn del area del inmueble afectado por la ejecucibn de la Obra: "Rehabilitacibn y Mejoramiento de la carretera PE-3N Longitudinal de la Sierra Norte, Tramo: Cochabamba - Cutervo - Santo Domingo de la Capilla - Chiple" y el valor de la Tasacibn del mismo, ascendente aS/11 092,60 (Once mil noventa y dos con 60/100 Soles), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion.
Articulo 2.- Consignacibn del Valor de la Tasacion
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nacibn, el monto del valor de la
Tasacion a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacibn, dentro de los diez (10) dias hbbiles siguientes de emitida la presente Resolucibn.
Articulo 3.- Informacion Necesaria para Inscribir el area del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral
correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Piiblicos - SUNARP, la informacibn senalada en el articulo 30 del Texto Onico Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberacion de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N0 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el area del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto del area del inmueble afectado. El acreedor puede cobrar sus acreencias con el valor de la Tasacion pagada directamente o via consignacion al Sujeto Pasivo.
Articulo 4.- Inscripcion Registral del 5rea del bien inmueble a Favor del Beneficiario
Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Piiblicos - SUNARP inscribe a favor del beneficiario el area del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sancion de destitucion.
Articulo 5.- Notificacion al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion al Sujeto Pasivo de la expropiacion, conforme a lo dispuesto en el Texto Onico Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicibn y Expropiacibn de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberacibn de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendoles la desocupacibn y entrega del brea del bien inmueble expropiado dentro de un plazo maximo de diez (10) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, de encontrarse el brea del inmueble desocupada, o treinta (30) dias hbbiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesidn del drea del bien inmueble materia de expropiacion.
Aprobar la ejecucibn de la expropiacibn del area del inmueble afectado por la ejecucibn de la Obra: "Rehabilitacibn y Mejoramiento de la carretera PE-3N Longitudinal de la Sierra Norte, Tramo: Cochabamba - Cutervo - Santo Domingo de la Capilla - Chiple" y el valor de la Tasacibn del mismo, ascendente aS/11 092,60 (Once mil noventa y dos con 60/100 Soles), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion.
Articulo 2.- Consignacibn del Valor de la Tasacion
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nacibn, el monto del valor de la
Tasacion a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacibn, dentro de los diez (10) dias hbbiles siguientes de emitida la presente Resolucibn.
Articulo 3.- Informacion Necesaria para Inscribir el area del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral
correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Piiblicos - SUNARP, la informacibn senalada en el articulo 30 del Texto Onico Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberacion de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N0 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el area del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto del area del inmueble afectado. El acreedor puede cobrar sus acreencias con el valor de la Tasacion pagada directamente o via consignacion al Sujeto Pasivo.
Articulo 4.- Inscripcion Registral del 5rea del bien inmueble a Favor del Beneficiario
Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Piiblicos - SUNARP inscribe a favor del beneficiario el area del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sancion de destitucion.
Articulo 5.- Notificacion al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion al Sujeto Pasivo de la expropiacion, conforme a lo dispuesto en el Texto Onico Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicibn y Expropiacibn de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberacibn de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendoles la desocupacibn y entrega del brea del bien inmueble expropiado dentro de un plazo maximo de diez (10) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, de encontrarse el brea del inmueble desocupada, o treinta (30) dias hbbiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesidn del drea del bien inmueble materia de expropiacion.