Resolución Ministerial N.° 0515-2020-MTC/01.02
Artículo 1.- Aprobar el valor total de la tasación del área del inmueble ascendente a SI 1 548 855,04 (UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 04/100 SOLES)
27 de agosto de 2020
Artículo 1.- Aprobar el valor total de la tasación del área del inmueble ascendente a SI 1 548 855,04 (UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 04/100 SOLES) correspondiente al área del inmueble, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra: "Red Vial N° 5, Tramo: Ancón - Huacho - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles siguientes de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Beneficiario y el pago del valor total de la tasación a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución respecto al pago a cuenta realizado al Sujeto Pasivo.
Artículo 3.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registra! y efectuado el pago de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Púbicos * SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación correspondiente, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribo lo adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble. Regístrese y comuníquese.
Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles siguientes de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Beneficiario y el pago del valor total de la tasación a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución respecto al pago a cuenta realizado al Sujeto Pasivo.
Artículo 3.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registra! y efectuado el pago de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Púbicos * SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación correspondiente, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribo lo adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble. Regístrese y comuníquese.