Resolución Ministerial N.° 0441-2020-MTC/01.02

Artículo 1.- Aprobar el valor total de las Tasaciones ascendente a S1 1018554.59 (Un Millón Dieciocho Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 59/100 Soles),

31 de julio de 2020

Artículo 1.- Aprobar el valor total de las Tasaciones ascendente a S1 1018554.59 (Un Millón Dieciocho Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 59/100 Soles), que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de las áreas y mejoras del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Carretera Huánuco - Conococha, Sector: Huánuco - La Unión - Huallanca Ruta PE-3N, Tramo I: km, 0+000- km. 52+920”, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, verifique la identidad del Sujeto Pasivo y en caso de actuar a través de representantes las respectivas vigencias de poderes, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el articulo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue las áreas del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse las áreas del inmueble libres o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del articulo 20 del TUO de la Ley.
Articulo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registra! y efectuado el pago del valor total de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registra! y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de las Tasaciones, a n favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Sujeto Activo .o Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del TUO de la Ley. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre las áreas del bien inmueble; los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor total de las Tasaciones pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.
Regístrese y comuníquese.
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