Resolución Ministerial N.° 0318-2020-MTC -01.02
Artículo 1 .Aprobar el valor total de la Tasación ascendente a S/220,778.32 , que incluye el incentivo a la adquisición por el monto
11 de junio de 2020
Artículo 1.Aprobar el valor total de la Tasación ascendente a S/220,778.32, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adición al equivalente al 20%
del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra : Aeropuerto "Capitán FAP Guillermo Concha Ibérico” ubicado en el distrito de Cas tilla, provincia y departamento de Piura, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma p arte integrante de la presente resolución.
Artículo 2 .- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60 ) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y el pago del valor total de la Tasación a que se refiere el articulo 1 de la presente resolución .
Artículo 3 .- Disponer que , una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue el área del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10 ) días hábiles , de encontrarse el inmueble libre o treinta (30 ) días hábiles de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo, apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido e n el litera l f. del numera l20 .4 del artículo 20 del Decreto Legislativo N °1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias.
Artículo 4 .- Disponer que dentro de los cinco (05 ) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación , la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo .Registrador Público dentro de los siete (07 ) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad , según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo N ° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta o tras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias . Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien inmueble .
Regístrese, comuníquese y publíquese.
del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra : Aeropuerto "Capitán FAP Guillermo Concha Ibérico” ubicado en el distrito de Cas tilla, provincia y departamento de Piura, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma p arte integrante de la presente resolución.
Artículo 2 .- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60 ) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y el pago del valor total de la Tasación a que se refiere el articulo 1 de la presente resolución .
Artículo 3 .- Disponer que , una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue el área del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10 ) días hábiles , de encontrarse el inmueble libre o treinta (30 ) días hábiles de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo, apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido e n el litera l f. del numera l20 .4 del artículo 20 del Decreto Legislativo N °1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias.
Artículo 4 .- Disponer que dentro de los cinco (05 ) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación , la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo .Registrador Público dentro de los siete (07 ) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad , según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo N ° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta o tras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias . Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien inmueble .
Regístrese, comuníquese y publíquese.