Resolución Ministerial N.° 491-2019-MTC/01
Artículo 1.- Otorgar a la empresa DOLPHIN MOBILE S.A.C., concesión para la prestación de los Servicios Públicos Móviles como Operador Móvil Virtual, por el plazo de veinte (20) años
25 de junio de 2019
Artículo 1.- Otorgar a la empresa DOLPHIN MOBILE S.A.C., concesión para la prestación de los Servicios Públicos Móviles como Operador Móvil Virtual, por el plazo de veinte (20) años, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Perú.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresaDOLPHIN MOBILE S.A.C., para la prestación de Servicios Públicos Móviles como Operador Móvil Virtual, el que consta de veintisiete (27) clausulas y forma parte integrante 'de la presente resolución.
Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el articulo 2 de la
presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo.
Articulo 4.- La concesión otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa DOLPHIN MOBILE S.A.C., en el plazo máximo
de treinta (30) dias hábiles computados a partir de la notificación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión.
Articulo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.
Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresaDOLPHIN MOBILE S.A.C., para la prestación de Servicios Públicos Móviles como Operador Móvil Virtual, el que consta de veintisiete (27) clausulas y forma parte integrante 'de la presente resolución.
Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el articulo 2 de la
presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo.
Articulo 4.- La concesión otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa DOLPHIN MOBILE S.A.C., en el plazo máximo
de treinta (30) dias hábiles computados a partir de la notificación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión.
Articulo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines.