Resolución Ministerial N.° 0620-2020-MTC/01
Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas del Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones
17 de setiembre de 2020
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas del Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones
Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas del inmueble afectado por la ejecución de la obra: “Mejoramiento y Rehabilitación de la Carretera Mazamari - Pangoa - Cubantía” y los valores de las tasaciones ascendentes a S/ 85 944,06 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 06/100 SOLES)
correspondiente al área con código T-005-A y SI 106 520,75 (CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS VEINTE CON 75/100 SOLES) correspondiente al área con código T- 005/T-005B/T-006, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de
las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las Áreas del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5.) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto. Legislativo N0 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas del bien inmueble a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que. contenga la Partida Registra!. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.
Artículo 4.- Inscripción Registra) de las áreas del bien inmueble a Favor del Beneficiario
Disponer que la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación dé Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVI ENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar ios procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble materia de expropiación.
Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas del inmueble afectado por la ejecución de la obra: “Mejoramiento y Rehabilitación de la Carretera Mazamari - Pangoa - Cubantía” y los valores de las tasaciones ascendentes a S/ 85 944,06 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 06/100 SOLES)
correspondiente al área con código T-005-A y SI 106 520,75 (CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS VEINTE CON 75/100 SOLES) correspondiente al área con código T- 005/T-005B/T-006, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de
las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las Áreas del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5.) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto. Legislativo N0 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas del bien inmueble a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que. contenga la Partida Registra!. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.
Artículo 4.- Inscripción Registra) de las áreas del bien inmueble a Favor del Beneficiario
Disponer que la Oficina Registra! correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación dé Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVI ENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar ios procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble materia de expropiación.