Resolución Ministerial N.° 0602-2020-MTC/01.02

Aprobar el valor total de la Tasación de un (01) inmueble ascendente a S/ 194 295,17 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 17/100 SOLES)

11 de setiembre de 2020

Artículo 1.- Aprobar el valor total de la Tasación de un (01) inmueble ascendente a S/ 194 295,17 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y CINCO CON 17/100 SOLES) el mismo que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del
inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto "Capitán FAP Guillermo Concha Ibérico”, ubicado en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y el pago del valor total de la Tasación a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, los Sujetos Pasivos desocupen y entreguen el inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10) dias hábiles, de encontrarse el inmueble libre, o treinta (30) dias hábiles de estar ocupado o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f) del numeral 20.4 del artículo 20 del Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo N” 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado,
Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA.
Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registra! y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según io previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, con Decreto Supremo N" 011-2019-VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble.
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