Resolución Ministerial N.° 473-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comision de servicios del sehor JOSE FRANCISCO HURTADO GOYTIZOLO, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil
21 de junio de 2019
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicios del señor JOSE
FRANCISCO HURTADO GOYTIZOLO, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 26 al 28 de junio de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente,
han sido integramente cubiertos por la empresa STAR UP S.A., a traves de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presenter a la Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, de los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
FRANCISCO HURTADO GOYTIZOLO, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 26 al 28 de junio de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente,
han sido integramente cubiertos por la empresa STAR UP S.A., a traves de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presenter a la Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, de los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.